
Cuando un inmueble ubicado en el área servida es demolido o se hallara deshabitado y se declarara inhabitable, debe solicitarse la desconexión del servicio y la recategorización del inmueble como baldío.
Al solicitar la desconexión se debe abonar un cargo según lo establecido en el Régimen Tarifario y se determinará la cuota mensual de acuerdo a su nueva categoría tarifaria como baldío.
Una vez modificadas las condiciones que provocaron la solicitud de desconexión, el cliente podrá solicitar nuevamente la conexión del servicio, siendo necesario para ello abonar el cargo de conexión.
La autoridad competente para declarar la inhabitabilidad de un inmueble es la Municipalidad de Córdoba.
Si, porque así lo establece el Régimen Tarifario en el artículo Nº3.
No debe solicitarse, salvo que cumpla con algunas de las condiciones previstas en el régimen tarifario: Inmueble demolido o declarado inhabitable por autoridad competente.