
Cuando en el inmueble se lleven a cabo además otras actividades ajenas al objeto del beneficio, el descuento se limitará al 50%.
Para que los beneficios del Régimen Tarifario sean puestos en práctica, el cliente debe realizar el pedido ante la empresa y presentar los requisitos correspondientes. Aguas Cordobesas podrá inspeccionar el inmueble para verificar su ocupación, destino y las condiciones que motivan la solicitud del beneficio. Todo esto con la finalidad de determinar el alcance del mismo.
Las exenciones y rebajas regirán transcurridos 30 días corridos posteriores a la fecha en que el peticionante solicite el beneficio a la empresa, y acredite el cumplimiento de los requisitos.
Es obligación del beneficiario comunicar a la empresa todo tipo de modificación y/o cambio que haga variar las condiciones bajo las cuales se otorgó originalmente el beneficio. Si esto no ocurre, podrán aplicarse las multas previstas en el Régimen Tarifario.
Deberá asistir la persona autorizada con la documentación requerida anexando una autorización firmada por el jubilado y/o pensionado, con fotocopia del DNI del autorizante y la declaración jurada provista por Aguas Cordobesas firmada y certificada por la Policía de la Provincia de Córdoba.
Si, para asegurar que se mantengan vigentes las condiciones bajo las cuales fue otorgado el beneficio.