
La periodicidad de la facturación está determinada por el Concesionario, no pudiendo establecerse períodos inferiores a un mes ni superiores a tres meses. En el caso de los baldíos, la facturación puede ser efectuada por períodos adelantados de seis meses, a solicitud del cliente.
Las facturas por el servicio se remiten al cliente con la antelación necesaria para que las tenga en su poder diez días corridos antes de su vencimiento. No obstante, aunque se produzca una demora en la recepción de la factura o ésta no llegara, el cliente está obligado a cancelar el pago.
El cliente debe comunicar todo cambio en la titularidad y/o situación de ocupación del inmueble sujeto al pago del servicio, así como indicar el domicilio para el envío de las facturas y/o comunicaciones por parte de la empresa. En defecto de esta indicación, el envío se realizará a la dirección del inmueble sujeto al pago del servicio.
El cliente tiene la obligación de controlar su factura y el derecho a reclamar por supuestos errores de facturación.
Si, deberá realizarlo periódicamente e informar cuando existan diferencias.
Debido a que estas modificaciones pueden implicar diferencias en la facturación. Además es una obligación del usuario establecida en el régimen tarifario.
La facturación del servicio a un inmueble es independiente de la cantidad de conexiones que éste posea.