Conexión al servicio

Incumplimientos y penalidades

Radio Servido

El área servida es aquella comprendida dentro del ámbito territorial de la Concesión en la cual existe disponibilidad del servicio para los inmuebles que lindan con calles o plazas de carácter público en donde existan conducciones de agua debidamente habilitadas, o bien para los inmuebles que se vinculen con tales conducciones a través de servidumbres debidamente constituidas.

El ámbito territorial de la Concesión está dado por los límites de la jurisdicción correspondiente al ejido municipal de la Ciudad de Córdoba. Éste se encuentra dividido en distritos, zonas, manzanas y éstas en parcelas que son los inmuebles (edificados o baldíos). Cada inmueble o parcela tiene una identificación catastral, que es el código de identidad de ese inmueble.

Cuando existe una red distribuidora de agua debidamente habilitada frente a un inmueble, ese inmueble tiene disponibilidad de servicio y se constituye como frentista de red.

Dentro del área o radio servido por la empresa, se distinguen tres situaciones:

  • Frentistas de red: inmuebles que tienen disponibilidad del servicio.
  • Servidumbre: inmuebles que tienen vinculación con las redes distribuidoras a través de servidumbres debidamente constituidas, declaradas por el cliente o constatadas por el Concesionario.
  • Pasaje público o privado: los inmuebles frentistas a pasajes públicos o privados que a su vez linden con calles o plazas de carácter público en donde haya cañerías debidamente habilitadas se consideran también dentro del área servida.

Preguntas y respuestas

¿Cómo puedo saber si tengo disponibilidad de servicio?